Artículo Disposición adicional cuartaDisposición adicional cuarta
Disposición adicional cuarta. Personal laboral por tiempo indefinido.
Los puestos incluidos en las relaciones de puestos de trabajo de personal laboral que tengan la clave IER (indefinido a extinguir/reestructurar) no se proveerán o amortizarán hasta que queden vacantes.
Norma publicada: 8 de abril de 2015